Régimen de abstención del débito laboral para agentes del Ministerio de Educación

El Ministerio de Educación del Chubut informa que de acuerdo a la Ley XVIII  Nº 105, artículo 1º y 4º sustituidos por Ley XVIII Nº 112, “El agente que reúna los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2027, tendrá derecho a un haber equivalente al setenta por ciento (70%) móvil de la remuneración del cargo desempeñado al momento del acogimiento al presente régimen; hasta la fecha en que le fuere concedido el derecho a la jubilación ordinaria por el Instituto de Seguridad Social y Seguros. El aporte personal jubilatorio y de Obra Social, se calculará sobre el ciento por ciento (100%) del haber del cargo que sirve de base para liquidar el setenta por ciento (70%). Igual base de cálculo corresponderá para determinar las contribuciones patronales a cargo del empleador”.

Los interesados en acceder a este beneficio deberán:

  • Descargar y completar el siguiente formulario que posee carácter de declaración jurada: click aquí.
  • Enviar a la Dirección General de Recursos Humanos el formulario completo, firmado adjuntando la siguiente documentación:
    . Fotocopia del DNI.
    . Nota de Adhesión al Débito Laboral.
    . Certificaciones de otros organismos, en caso de tenerlas.

Toda la documentación deberán hacerla llegar por correo postal, vía delegaciones Administrativas o personalmente por mesa de entradas de la sede del Ministerio de Educación, dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos, quien iniciará el circuito administrativo correspondiente, a los fines de obtener la resolución definitiva de Adhesión al Régimen de Abstención al Débito Laboral.

Para consultas y/o seguimiento de la documentación presentada dirigirse por mail a recursoshumanos@educacionvirtual.chubut.edu.ar, anteponiendo en el asunto como título “Débito laboral”.