El Ministerio de Educación del Chubut, a través del Departamento Central de Clasificación Docente de Nivel Inicial y Primario informa a los docentes interesados en abrir legajo en las diferentes Juntas Regionales, que se omitirá la solicitud del certificado de Apto Físico para dicho trámite.
Se recuerda lo establecido en el Estatuto Único del Personal docente, que expresa en el Capítulo VII: De los derechos y deberes, en el artículo 18 que hace referencia a los deberes del personal docente; inciso r) “Someterse a un reconocimiento médico pre-ocupacional o de permanencia. Si al inicio de su actividad como docente el aspirante aún no contare con su certificado de aptitud psico-física, la Provincia instrumentará los medios para efectuar estos exámenes en un plazo no mayor de cuatro meses. Durante este período el docente tendrá un alta condicional. Si vencido dicho plazo el docente, por responsabilidad propia, no hubiera presentado el certificado de aptitud, cesará en sus funciones, lo mismo que si de los estudios realizados resultase no apto para la función. Si resultare apto para la función, el alta condicional se convertirá en definitiva”.
Quedan exceptuados los docentes provenientes de otras provincias, quienes deberán presentarlo según lo normado en la Resoluciones Nº 222/11 y la 219/14.
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