AUTORIDADES

Directora: Prof. Myrian Villarreal
Correo electrónico: dgeinclusiva@educacionvirtual.chubut.edu.ar
Dirección postal: 9 de Julio Nº 24, Rawson (CP9103)

REGIÓN I - LAS GOLONDRINAS
Supervisora Técnica Seccional: -
Supervisora Educación Especial: Patricia López Otero
Teléfono: (02944) 471802 / 473065  | Red: 5965
Correo electrónico: supervisionregionuno@gmail.com
Dirección postal: Calle de la Cruz, Las Golondrinas (CP 9211)

REGIÓN II - PUERTO MADRYN
Supervisora Técnica Seccional: -
Supervisora Educación Especial:  Laura Garcia
Teléfono: (0280) 4456960 / 4451428 / 4454615 / 154653176  | Red: 6960 / 6428 / 6615
Correo electrónico: supreg2@gmail.com
Dirección postal: 25 de Mayo y Rivadavia, Puerto Madryn (CP 9120)

REGIÓN III - ESQUEL
Supervisora Técnica Seccional: -
Supervisoras Educación Especial: Prof. Lorena Iriarte y Prof. Fabiana Gómez
Teléfono: (02945) 455597 / 450569 / 450833 | Red: 5597/ 5569 / 5833
Correo electrónico: spregion3@gmail.com
Dirección postal: Av. Alvear Nº 1160, Esquel (CP 9200)

REGIÓN IV - TRELEW Y RURALIDAD
Supervisora Técnica Seccional: -
Supervisoras Educación Especial: Ana Pallalef - Andrea Hermosilla
Teléfono/Fax: (0280) 4426780 / 4427592 | Red: 4780 / 4592
Correo electrónico: supseccreg4@gmail.com
Dirección: Inmigrantes 64, Trelew (CP 9100) 

REGIÓN V - SARMIENTO
Supervisora Técnica Seccional: -
Supervisora Educación Especial: Prof. Claudia Torres
Teléfono: (0297) 4893648 / 4893633 / 154525970 | Red: 7293 (Delegación administrativa)
Correo electrónico: supregion5@gmail.com
Dirección postal: Estrada Nº 750, Sarmiento (CP 9020)

REGIÓN VI - COMODORO RIVADAVIA
Supervisora Técnica Seccional: -
Supervisoras Educación Especial: Prof. Zulma Cabrera, Ema Peña
Tel: (0297) 4557086 | Red: 2477
Correo electrónico: 
supregion6@gmail.com
Dirección postal: Marcelino Reyes y José Fuchs Bº Gral. Moscón Km. Nº 3, Comodoro Rivadavia (CP 9000)

DOCUMENTACIÓN

DOCUMENTACIÓN:

La educación Domiciliaria y Hospitalaria en el Nivel Secundario. Descargar
El juego en la Educación Domiciliaria y Hospitalaria. Descargar

RESOLUCIONES

Resolución Nº 234/2023: Descargar
Resolución Nº 196/2019: Descargar
Resolución Nº 439/2018: Descargar

Resolución Nº 431/2012 Cambio de nominación de Escuelas de Formación Integral: Descargar
Resolución Nº 155/2011: Descargar
Esta Resolución plantea la política de la modalidad, en vistas a profundizar la articulación con los diferentes niveles y otras modalidades del Sistema Educativo para asegurar una cultura inclusiva en todas las instituciones educativas.


Resolución N° 825/23 ME: Adhiere a la Resol. CFE N° 425/22 y aprueba las "Pautas para la regulación de ingreso de estudiantes en la Modalidad Educación Domiciliaria y Hospitalaria frente a situaciones complejas. Definición de Incumbencias y Campos de Acción Conjunta" (Anexo I) Descargar
Resolución CFE Nº 425/2022: Pautas para la regulación de ingreso de estudiantes en la Modalidad Educación Domiciliaria y Hospitalaria frente a situaciones complejas. Definición de incumbencias y campos de acción conjunta" (Anexo)  Descargar
Resolución CFE Nº 14/2022: Descargar
Resolución CFE Nº 311/2016: Descargar
Resolución CFE Nº 239/2014: Descargar
Resolución CFE Nº 202/2013: La Educación Domiciliaria y Hospitalaria en el Sistema Educativo Nacional Descargar
Resolución CFE Nº 174/2012: Descargar

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NOTAS MÚLTIPLES

Nº 01/2024 Consideraciones generales sobre auxiliares de Apoyo a la Inclusión que acompañan Trayectorias Escolares de estudiantes: Descargar

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CIRCULARES TÉCNICAS

Circular Técnica Conjunta Nº 01/2024 Buenas prácticas en Educación Inclusiva: Descargar
Circular Técnica Conjunta Nº 01/2023
Realización y Circuito de Firmas del PPI: Descargar
Circular Técnica Conjunta N° 02/23:
Lineamientos generales de la Educación Domiciliaria y Hospitalaria en el Nivel Secundario" Descargar
Circular Técnica Conjunta Nº 01/2021
Configuraciones de Apoyo que acompañan las Trayectorias Escolares de los estudiantes con discapacidad en el sistema educativo: Descargar
Circular Técnica Conjunta Nº 01/2017
Acciones de articulación para la definición de las trayectorias educativas de estudiantes de la EPJA: Descargar
Circular Técnica Conjunta Nº 04/2009 Maestro de Apoyo a la Inclusión Educativa: Descargar
Circular Técnica Conjunta Nº 07/2009 Las Configuraciones de Apoyo de Educación Especial al Sistema Educativo: El Rol del Maestro de Apoyo a la Integración y/o Inclusión en el proceso de transición: Descargar

DISPOSICIONES


Disposición Nº 142/2022 SCTOIEyS:
"Certificado Único Jurisdiccional para ingreso a la modalidad de EDyH-Chubut" Descargar
Disposición Conjunta Nº 01/2020: Descargar

ARTÍCULO 27º.-

La Educación Primaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica que tiene por finalidad brindar una enseñanza común, integral y básica que asegure a los/as niños/as las condiciones para el acceso, tránsito, permanencia y egreso del nivel. Tiene una duración de seis (6) años, organizada en dos ciclos de tres (3) años cada uno.
ARTÍCULO 28º.-

Son objetivos de la Educación Primaria:

a) Garantizar el derecho a una educación que permita aprender, junto con otros, los conocimientos reconocidos como centrales para vivir juntos, para hacerse miembros plenos de la sociedad, para la construcción de la ciudadanía, la producción de identidades y diversidad culturales, la formación de hábitos, tradiciones y herramientas para la vida común.

b) Promover las condiciones necesarias para el desarrollo integral de la infancia y garantizar la protección de los derechos de los/as niños/as y adolescentes, en forma conjunta y coordinada con otras instituciones y organismos.

c) Generar las condiciones pedagógicas para el manejo de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, así como la producción y recepción crítica de los discursos mediáticos.

d) Promover el desarrollo de hábitos y actitudes de esfuerzo, trabajo y responsabilidad en el estudio y de curiosidad e interés por el aprendizaje.

e) Asegurar, la pertenencia a una comunidad nacional y latinoamericana, las bases de una ciudadanía democrática y a la vez el reconocimiento y respeto de la diversidad cultural e identitaria.

f) Garantizar una educación física que promueva el desarrollo de las competencias corporales lúdicas y motrices que consolide el desarrollo armónico de todos los/as niños/as, estimulando la integración social, la interacción con el entorno natural y cultural, la preservación de la salud y el disfrute activo.

g) Estimular la creatividad como una forma de expresión.

h) Brindar oportunidades equitativas a todos los/as niños/as para el aprendizaje de saberes socialmente significativos en los diversos campos del conocimiento, en especial el de la lengua y la comunicación, las ciencias sociales y la cultura local, provincial y nacional, las ciencias naturales y el cuidado del medio ambiente, la educación matemática , tecnológica, el cuidado de la salud en todas sus dimensiones, la educación física, las expresiones del arte y la formación del ciudadano democrático, atendiendo al pleno desarrollo de las capacidades individuales.

i) Generar condiciones institucionales que se adapten y consideren las necesidades y características de los niños/as pertenecientes a los diversos contextos sociales y culturales, confiando en las posibilidades de todos para aprender, promoviendo el desarrollo de una actitud de esfuerzo y responsabilidad en el estudio.

j) Garantizar condiciones y propuestas pedagógicas para favorecer la inclusión de los niños con necesidades educativas asociadas o no a la discapacidad.

k) Estimular el contacto, disfrute, comprensión y creación de obras artísticas en sus múltiples formas de expresión.

l) Favorecer el desarrollo de los conocimientos y procesos cognitivos necesarios para continuar los estudios.

m) Prever estrategias de adaptación para los niños/as cualquiera sea su edad que cursarán su escolaridad primaria en escuelas con albergue o internado.

ARTÍCULO 29º.-

Las escuelas primarias son de jornada simple, extendida y completa, con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos fijados por la presente Ley: a) Jornada simple: escuelas cuya extensión horaria es de veinte (20) horas reloj semanal. b) Jornada extendida: escuelas cuya extensión horaria es de veinticinco (25) a treinta (30) horas reloj semanal. c) Jornada completa: escuelas cuya extensión horaria es mayor a treinta (30) horas reloj semanal.
ARTÍCULO 30º.-

La implementación de la jornada extendida se concretará paulatinamente, teniendo como meta lograr la incorporación del cien por ciento (100 %) de las escuelas rurales con anterioridad al año 2015.
ARTÍCULO 31º.-

Las actividades pedagógicas realizadas en el nivel de Educación Primaria están a cargo de personal docente titulado, conforme lo establece el Estatuto del Docente Provincial y la normativa vigente para el nivel. Las actividades pedagógicas sólo pueden ser supervisadas por las autoridades del Ministerio de Educación.

 

 

Acerca de la Educación Domiciliaria y Hospitalaria: Descargar

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